Salir de Colombia es un trámite que ha resultado muy difícil y largo para muchas personas, teniendo en cuenta todos los permisos que exige el país al que se va a viajar.
Específicamente en el sector aeronáutico colombiano cada trámite posee diferentes modalidades y procesos dependiendo la situación de la persona que lo requiera.
(Fiscalía indagará si Irene Vélez cometió delito por viaje de su hijo).
En el caso de los menores de edad que deseen salir del país, según Migración Colombia, para que esto sea posible, se tienen que tener en cuenta que las autoridades son bastante rigurosas para este caso.
(Irene Vélez, a indagatoria por viaje irregular de su hijo a Europa).
Según informa el Ministerio de Defensa, el documento indispensable para que un menor de edad abandone el país de manera consentida es el formulario de Permiso de Salida del País para Niños Niñas y Adolescentes, el cual se puede descargar aquí.
¿Qué hacer si un menor busca viajar al exterior sin sus padres?
Si se dan circunstancias para que un niño o adolescente busque viajar al exterior dado el caso que no se encuentre con sus padres, lo que se debe tener en cuenta los siguientes requerimientos:
– Si el padre o madre se encuentra en Colombia, el permiso debe ser suscrito ante notario público.
– Si el padre o madre se encuentra en el exterior, el permiso debe estar suscrito ante el cónsul colombiano. De no ser posible ubicar un consulado colombiano cerca de su residencia, el permiso debe estar diligenciado en idioma español, suscrito ante notario público, debidamente apostillado y siempre debe ser original.
(Países a los que Colombia exige visa a sus ciudadanos para ingresar).
– Cuando uno de los padres haya fallecido, se debe presentar el certificado de defunción del mismo. En caso de fallecimiento de los dos padres, se debe presentar el permiso de salida suscrito por el representante legal o tutor del infante o adolescente, conforme a la ley.
– Los infantes y adolescentes adoptados deben presentar copia de la sentencia de adopción, debidamente ejecutoriada.
(Países latinoamericanos trazan ruta para migración regular y segura).
– Cuando los padres están en conflicto, deben presentar permiso expedido por un juez de familia.
– Si la patria potestad está en cabeza de uno de los padres, se debe presentar copia de la sentencia debidamente ejecutoriada.
(EE. UU. llama a los primeros colombianos al programa de reunificación).
– Si el permiso está otorgado por escritura pública, se debe presentar copia de la misma con la certificación de su vigencia.
– Los infantes y adolescentes con doble nacionalidad deben presentar el permiso de viaje del padre que no viaje con él, así no tengan domicilio permanente en el país.
(El camino de varios inmigrantes venezolanos para emprender en Colombia).
– La sentencia sobre la custodia o patria potestad expedida en otro país diferente a Colombia no tendrá validez en territorio nacional, a menos que la Corte Suprema de Justicia la declare ‘exequátur’ o aplicable en Colombia.
– El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar será la entidad competente para otorgar el permiso de salida de un infante o adolescente, en el caso de que se desconozca el paradero de uno de los padres, no pueda otorgarlo o el infante o adolescente carezca de representante legal.
Vale la pena aclarar que la actual ministra de Minas y Energía, Irene Vélez, y el funcionario de Migración Colombia, William Pérez, fueron llamados a indagación preliminar luego del viaje irregular del hijo menor de la jefe de cartera desde Cali hacia Europa.
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