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Salario mínimo en Colombia: lo que no subiría con el incremento del 2024 | Finanzas | Economía

por Redacción BL
Salario mínimo

El Gobierno Nacional definió vía decreto el incremento que tendrá el salario mínimo de los trabajadores colombianos en 2024. Esta determinación se dio luego de que la mesa de negociación no lograra llegar a un acuerdo en torno al porcentaje de aumento antes de que se venciera el último plazo establecido por la ley. 

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Así las cosas, se estableció que el ajuste de esta remuneración será del 12 %. Es decir, el mínimo pasará del $1’160.000 actual a 1’300.000 el próximo año. En cuanto al auxilio de transporte, este rubro subirá un 15 % hasta llegar a los $162.000. 

Con esta alza, los precios de algunos productos y servicios tienden a experimentar modificaciones en su precio. Es por eso que se han contemplado diferentes medidas para salvaguardar el poder adquisitivo de los hogares colombianos. 

Entre ellas, recientemente, el Ministerio de Hacienda anunció que cerca de 100 elementos de la economía que estaban atados al aumento del salario mínimo, la inflación y la Unidad de Valor Tributario (UVT) pasarán a medirse con el nuevo ítem que se creó con el Plan Nacional de Desarrollo: la Unidad de Valor Básico (UVB).  

(Lea más: Lo que subiría de precio con el nuevo salario mínimo para el 2024)

Salario mínimo

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Con la expedición de la resolución 3268 del 18 de diciembre de 2023, el valor de la UVB quedó fijado en $10.951. 

En ese orden de ideas, las actividades, que hasta el momento, se desligaron del valor del mínimo son: 

1. La tarifa para participar en concursos de méritos de la Comisión Nacional del Servicio Civil (para maestros).

2. La matrícula y derechos pecuniarios para estudiantes de programas de formación complementaria en escuelas normales superiores oficiales.

3. La convalidación de certificados obtenidos en el extranjero.

4. La inscripción en el Registro Nacional de Turismo de empresas captadoras de ahorro para viajes y servicios turísticos, así como el costo relacionado con la habilitación de empresas de transporte, entre otros. 

(Lea más: Gremios sobre el mínimo: ‘es necesario generar condiciones que incentiven el empleo’)

Productos que se desindexarían

En el marco de las negociaciones del mínimo, la ministra de Trabajo anunció que desde el Gobierno se estaban contemplando las acciones a tomar para preservar el nivel adquisitivo, dentro de las que se incluía la ampliación de la lista de productos desindexados. 

De esta manera, el Ejecutivo estima sacar este año 88 artículos de este índice para llegar a un total de 204. 

(Más noticias: Presidente Petro propone ‘reformar la reforma tributaria’ para elevar la productividad)

Estos artículos estarían en los sectores de agricultura; comercio, industria y turismo; laboral y pensional; educación; hacienda; salud; transporte; vivienda, y servicios públicos. La distribución sería la siguiente: 

– Agricultura: servicio de veterinaria y otro tipo para animales domésticos, carnes de res y derivados, carne de cerdo y derivados, leche, otros pagos por servicio. 

– Comercio, industria y turismo: otros pagos por servicio.

– Laboral y pensional: otros pagos por servicio, servicio de protección social por dentro y fuera del hogar.

– Hacienda: servicios auxiliares y financieros prestados a cambio de una comisión explícita.

– Educación: inscripciones y matrículas en carreras técnicas, tecnológicas y universitarias; otros pagos por servicio.

– Transporte: transporte intermunicipal, interveredal e internacional.

– Salud: cuotas moderadoras a EPS, seguros médicos, de accidentes y medicina prepagada.

– Vivienda: servicios auxiliares y financieros prestados a cambio de una comisión explícita.

– Servicios: recolección de basura. 

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