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¿Qué hacer cuando hay persecución por parte de su empleador?

por Redacción BL
¿Qué hacer cuando hay persecución por parte de su empleador?

Si en su trabajo ha sido víctima de actos de violencia contra su integridad física o moral, de conductas de persecución por parte de su empleador, como la carga excesiva de trabajo o cambios permanentes en el horario; de trato diferenciado por su raza o género, e incluso de conductas que pongan en riesgo su seguridad sin la protección correspondiente, usted está siendo víctima de acoso laboral.

(Lea: Las dificultades de las ejecutivas en América Latina)

Por tal motivo es importante que conozca los derechos con los que cuenta para atender este tipo de situaciones.

(Lea: ¿Cómo detectar y qué hacer cuando hay acoso laboral?)

En Colombia, desde el año 2006 está vigente la Ley 1010, en la cual se encuentran estipulados los procesos para actuar en caso de un acoso laboral.

(Lea: ¿Qué es acoso laboral y qué puedo hacer como víctima?)

En primera instancia, según la norma, la denuncia debe hacerse ante el comité de convivencia de la empresa en donde se está presentando el acoso, el cual intentará lograr una conciliación antes de radicar el caso directamente ante el Ministerio de Trabajo.

De acuerdo con una guía de la Escuela Nacional Sindical y la organización Cuso International, para interponer una queja formal en el comité de convivencia de la empresa usted debe:

1. Reunir las pruebas que demuestren las conductas de acoso. La queja se puede hacer de manera verbal, sin embargo es mejor realizarla por escrito para dejar una constancia. Hay que redactar un documento describiendo todos los sucesos y adjuntar las diferentes pruebas (correos electrónicos, mensajes de WhatsApp, fotos y videos).

2. Una vez presentadas las pruebas, el comité tiene diez días para iniciar una investigación y darle respuesta, así como para notificar a la persona acusada con el fin de respetar el debido proceso, permitiendo que esta pueda dar su propia versión de los hechos.

3. Después de que el comité realiza un informe del caso con las pruebas presentadas por el demandante, la empresa debe determinar cuáles deberían ser las sanciones disciplinarias que se tendrían que imponer.

Si la situación no se resuelve, el empleado tiene la opción de comunicarse con el Ministerio de Trabajo y escalar la denuncia a una audiencia ante un juez laboral. El procedimiento ante esta competencia es el siguiente:

1. Debe presentar ante el ministerio la queja, con las respectivas pruebas que había adjuntado previamente ante el comité.

2. El inicio de la audiencia debe ser notificado por la entidad, tanto al denunciante como al acusado, cinco días después de que se haya radicado la queja, en una fecha que no supere los siguientes 30 días.

3. Tanto antes como durante la audiencia, las partes podrán presentar sus pruebas ante el juez.

4. Una vez se dicte el fallo se contarán con 30 días más para solicitar una apelación.
Recuerde que en los seis meses siguientes al momento en que se radicó la queja, la empresa no podrá despedirlo, lo cual le brinda garantías para la ejecución de su reclamo.

Asimismo, la norma estipula que las organizaciones pueden ayudar a disminuir las acciones de acoso laboral, considerando las siguientes recomendaciones:

1. Conformar un comité de convivencia que sea resolutivo y activo.

2. Informar al personal sobre sus derechos, sobre la ley de acoso laboral y el proceso dentro de la organización para formalizar la queja.

3. Tener un reglamento interno claro de los procedimientos ante una queja, tiempos de respuesta y penalidades.

ECONOMÍA Y NEGOCIOS – EL TIEMPO

Fuente de la Noticia

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