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Abren convocatoria para búsqueda del Superintendente Financiero | Gobierno | Economía

por Redacción BL
Abren convocatoria para búsqueda del Superintendente Financiero | Gobierno | Economía

Con la salida de Jorge Castaño de la Superintendencia Financiera de Colombia y la designación de César Ferrari como Superintendente encargado, la Presidencia de la República comenzó la búsqueda de un Superfinanciero en propiedad por recomendación de la Ocde, que sugiere que este cargo sea designado por concurso previo.

(César Ferrari se posesionó como superintendente Financiero (e)). 

Por tal razón, el Gobierno invita a los interesados que cumplan con los requisitos dispuestos en la normativa a que presenten sus hojas de vida para el cargo de Superintendente Financiero de Colombia.

“La Presidencia de la República invita a todas las personas interesadas que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente, especialmente en el Capítulo 1, Título 34, Parte 2, Titulo 2 del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario de la Función Pública, a presentar su hoja de vida para integrar el listado de candidatos a partir del cual el señor Presidente de la República nombrará al Superintendente Financiero de Colombia”.

(Renunció el superintendente Financiero, Jorge Castaño). 

Los interesados en presentar su hoja de vida para aspirar al cargo deben tener en cuenta los siguientes aspectos:

1. Los requisitos exigidos por la norma para ocupar el cargo en mención son:

1.1. Título profesional y título de postgrado en la modalidad de maestría o doctorado en áreas afines a las funciones del empleo a desempeñar.

1.2. Diez (10) años de experiencia profesional relacionada con las funciones del cargo a desempeñar, adquirida en el público o privado, o experiencia docente en el ejercicio la cátedra universitaria en disciplinas relacionadas con las funciones del empleo.

2. Para participar, los interesados deben diligenciar y enviar el formato de hoja de vida adjunto con los soportes documentales de estudios y experiencia que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa, únicamente a través del correo electrónico [email protected]; ASUNTO: CONVOCATORIA SUPERFINANCIERO, a partir del miércoles 17 de mayo de 2023 a las 8:00 de la mañana, hasta el miércoles 24 de mayo de 2023 a las 5:00 de la tarde.

3. Previo a presentar su hoja de vida, el candidato debe verificar que cumple con los requisitos exigidos por la norma para ocupar el empleo y que no se encuentra incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la ley.

4. El único medio de información y divulgación oficial es la página web institucional de la Presidencia de la República.

5. Tras la inscripción de los candidatos, se procederá a la publicación de la lista de todos los nombres que se presentaron a la invitación pública, así como sus hojas de vida y respectivos soportes, en la página web de la Presidencia de la República.

6. Una vez publicada la lista de candidatos, los ciudadanos podrán presentar observaciones y/o comentarios, por el término de tres (3) días calendario.

7. El señor Presidente de la República por intermedio del Departamento Administrativo de la Función Pública, podrá solicitar opiniones adicionales a las organizaciones ciudadanas, sociales, universitarias o académicas, sobre el buen crédito de los aspirantes que estime necesarios.

8. Culminado el término, el Departamento Administrativo de la Función Pública, procederá a revisar y verificar las hojas de vida y sus soportes, con el fin de garantizar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 1083 de 2015 «Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública».

9. Finalmente, las hojas de vida y los respectivos soportes que superen la revisión, se trasladarán por el Departamento Administrativo de la Función Pública al señor Presidente de la República para que éste realice la selección y el nombramiento del Superintendente Código 0030 Grado 25 de la Superintendencia Financiera de Colombia, en los términos consagrados en el artículo 2.2.34.1.4 del Decreto 1083 de 2015, en concordancia con numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia.

10. Tenga en cuenta que quienes participen en la convocatoria pública, autorizan el uso de sus datos personales de conformidad con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y la Ley 1712 de 2014.

PORTAFOLIO

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