Home Política Cambios al decreto que daba poderes al Presidente Petro | Gobierno | Economía

Cambios al decreto que daba poderes al Presidente Petro | Gobierno | Economía

por Redacción BL
0 comentario
Ricardo Bonilla, ministro de Hacienda y Crédito Público

En medio de la fuerte expectativa y la incertidumbre por el borrador de decreto que se estaba cocinando en el Ministerio de Hacienda y que daría superpoderes al presidente Gustavo Petro sobre el Presupuesto General de la Nación, al parecer esto ya no sucederá, después de los cambios que hizo esta cartera al documento en consultas.

Cabe recordar que inicialmente el texto del borrador decía que todo cambio al Presupuesto, en todo lo relacionado con rubros de inversión, debía tener el visto bueno del jefe de Estado para su realización, lo cual encendió las alarmas de los expertos y consorcios, ya que nuevamente ponía en riesgo las vigencias futuras.

Ricardo Bonilla, ministro de Hacienda y Crédito Público

Cortesía

“Cuando se trate de proyectos de inversión, las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación y que pertenecen a la Rama Ejecutiva del poder público del orden nacional, una vez obtengan el concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación, deberán solicitar la conformidad del Presidente de la República, en los casos de autorizaciones de vigencias futuras o su reprogramación y traslados presupuestales”, decía este documento en un principio.

Por qué embargaron algunas cuentas del Ministerio de Trabajo y de cuánto es la deuda

Así mismo, hace énfasis en que la aprobación obligatoria se aplica para “autorizaciones de vigencias futuras o su reprogramación y traslados presupuestales”, el cual ha sido un punto de preocupación para las concesiones e inversores, ya que esta es una prenda de garantía para la estabilidad del país.

billetera

¿Será Colombia el país que encabezará la lista de los países latinoamericanos con los mejores salarios mínimos? Descúbralo.

IStock

Para los expertos, todo esto era muy delicado, ya que por un lado las decisiones presupuestales son del resorte exclusivo del Congreso de la República y el Gobierno no puede modificarlas y por el otro, la redacción del proyecto decreto dejaba dudas porque al parecer le da una función muy amplia al presidente de modificar los rubros aprobados por el Congreso. En caso de ser así, esto sería contrario a la ley.

Tasas de créditos registran caídas de hasta 13 puntos

En un nuevo texto, publicado esta semana, el Minhacienda hizo cambios a esa parte del decreto en consultas y allí estableció que sólo se necesita informar al Presidente sobre los cambios a realizar, más no se genera la talanquera de tener que esperar su aval para poder llevarlos a cabo.

Obras

Las obras de infraestructura, como el Metro o las vías 4G, son algunos de los proyectos que mueven más recursos.

Archivo particular

“Cuando se trate de proyectos de inversión, los jefes de los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación y que pertenecen a la Rama Ejecutiva del poder público del orden nacional, una vez obtengan el concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación, deberán informar al Presidente de la República acerca de los ajustes que se realicen al presupuesto, en los casos de autorizaciones de vigencias futuras o su reprogramación y traslados presupuestales”, se lee en el documento.

Explotación de la identidad, en la mira de ciberdelicuentes

Todo esto con el fin de poder continuar el trámite de estas operaciones presupuestales ante la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y en el caso de vigencias futuras o su reprogramación ante el Consejo Superior de Política Fiscal –CONFIS, o quien éste delegue.

Petro

Gustavo Petro, presidente de Colombia.

AFP

Así mismo, este proyecto de normativa en el Ejecutivo mantiene la modificación del artículo 2.9.1.2.6. del Decreto 1068 de 2015, el cual quedará así “Registro del anexo del decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación y de sus modificaciones. La Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público registrará en el SIIF Nación el anexo del decreto de liquidación y el anexo de la composición del presupuesto de rentas de la vigencia fiscal que se inicia antes del 31 de diciembre del año en que se aprobó”.

Reforma de la salud aún no tiene aval fiscal

En todo esto hay que tener presentes que actualmente, según el Estatuto Orgánico establece que una vez emitido el Decreto y Anexo de liquidación presupuestal, antes del 31 de diciembre, estos no podrán ser modificados en sus asignaciones, lo cual se permitiría de ahora en adelante, si este decreto se expide por parte del Minhacienda.

Casa de Nariño

Casa de Nariño

iStock

Así mismo, cualquier cambio que se quiera hacer a lo aprobado inicialmente por el Congreso de la República en la Ley de Presupuesto, debe tener el aval del legislativo, ya que la rama ejecutiva (Presidencia) no cuenta con las facultades para definir cómo se usarán los recursos de la Nación de forma unánime.

Fuente de la Noticia

También te puede interesar

Noticias de Buenaventura y el mundo

2024 – All Right Reserved. [email protected]