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Declaración de renta: ¿Quiénes deben realizarla por primera vez? | Economía

por Redacción BL
Declaración de renta: ¿Quiénes deben realizarla por primera vez? | Economía

Con el arranque del segundo trimestre del año, también inician los plazos para que las personas naturales cumplan con sus obligaciones en materia de impuestos.

(Plazos para declarar y pagar renta, IVA y otros impuestos nacionales). 

Tenga en cuenta que las obligaciones a cargo de las personas naturales dependerán de su situación individual y podrían incluir la declaración del nuevo impuesto al patrimonio, impuesto predial, de vehículos, declaración de renta y declaración de activos en el exterior, sujetas a que en cada caso se cumpla con los requisitos estipulados por la ley.

Para el caso de las personas que aún no han declarado renta, tenga en cuenta que algunos requisitos cambiaron y que por tal razón tendría que estar obligado a realizar el trámite por primera vez.

La declaración de renta, a presentarse en el segundo semestre del año, corresponderá a la actividad que tuvieron las personas durante el año 2022. Por ello, no reflejará aún los cambios que introdujo la reforma tributaria para la igualdad y la justicia social.

(Declaración de renta: Dian especifica en qué se destinan sus impuestos). 

Sin embargo, sí hubo ajustes en la Unidad de Valor Tributario (UVT) para este año la cual quedará en $42.412 en 2023. Esto quiere decir que subieron 4.408 pesos respecto a los 38.004 que se cobran actualmente por este mismo concepto.

Recuerde que están obligados a declarar aquellos que tengan un patrimonio neto de 4.500 UVT.

También deberán hacerlo quienes en 2022 año hayan ganado, realizado consumos con tarjeta de crédito o compras por encima de los 59 millones de pesos (1.400 UVT).

Por último, también tienen que cumplir con este trámite las personas que registran consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a mil cuatrocientas 1.400 UVT ($59,3 millones) durante el 2022.

EY, firma de servicios profesionales de auditoría, impuestos, consultoría, estrategia y transacciones, brinda detalles sobre las fechas estipuladas para las obligaciones tributarias, además de la información que se debe tener presente al momento de hacer efectivo este pago.

Las obligaciones a cargo de las personas dependerán de su situación individual y podrían incluir la declaración del nuevo impuesto al patrimonio, impuesto predial, de vehículos, declaración de renta y declaración de activos en el exterior, sujetas a que en cada caso se cumpla con los requisitos estipulados por la ley.

Es por esto, que el calendario tributario para algunas personas naturales podría resumirse de la siguiente manera:

– Impuesto al patrimonio: desde mayo 9

– Impuesto predial (Bogotá): mayo 12, con descuento

– Información exógena: desde mayo 16

– Impuesto de vehículos (Bogotá): junio 2, con descuento

– Declaración de renta: desde agosto 9

– Declaración de activos en el exterior: desde agosto 9

Este impuesto fue creado de manera permanente por la más reciente reforma tributaria expedida en diciembre de 2022. De acuerdo con Ángela González, Associate Partner de impuestos de EY, esta declaración deberá ser presentada -entre otros- por las personas que a el 1 de enero de 2023 tuviesen un patrimonio líquido, resultante de sus bienes menos deudas, valorado fiscalmente en al menos $3.053.664.000.

La presentación de la declaración y el pago del primer 50% del impuesto al patrimonio, deberán realizarse a más tardar entre el 9 y el 23 de mayo, dependiendo del último dígito del NIT de la persona. El pago de la segunda cuota se hará a partir del 7 de septiembre.

Información exógena o en medios magnéticos

Este reporte debe ser presentado por las personas que: i) en el 2021 o 2022 tuvieron ingresos brutos de al menos 500 millones de pesos y que, además, ii) percibieron en 2022 ingresos de al menos 100 millones de pesos por de rentas de capital y/o no laborales en los términos de la ley tributaria.

(El salario a partir del cual aplicará retención en la fuente en 2023). 

Ambas condiciones deberían cumplirse para concluir que la persona debe reportar esta información.

Según González, para determinar si se cumple la primera condición de los 500 millones de pesos, deben incluirse eventuales ventas de bienes. Tal es el ejemplo de personas que hayan vendido un inmueble; el precio de venta (no la utilidad obtenida en esa venta) debe sumarse a los otros ingresos del año, a fin de confirmar o descartar que se haya cumplido esta condición.

Certificaciones tributarias

Así que inicia el proceso de reunir los documentos y certificados que permiten a las personas determinar cuáles son las obligaciones que tendrán que cumplir en lo que resta del año. A propósito, el plazo que tienen las entidades como bancos, empleadores, etc., para expedir los certificados tributarios es el próximo 31 de marzo.

“Es importante determinar con antelación las obligaciones tributarias que se tienen, a fin de hacer una adecuada preparación de los reportes, cumplir con los plazos establecidos y disminuir la probabilidad de incurrir en ciertas sanciones o intereses moratorios por presentación tardía”, concluye Ángela González, Associate Partner de impuestos de EY Colombia.

PORTAFOLIO

Fuente de la Noticia

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