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En que consiste la ley que elimina trámites en Colombia – Congreso – Política

por Redacción BL
En que consiste la ley que elimina trámites en Colombia - Congreso - Política

En Colombia acceder a los derechos para los ciudadanos se ha vuelto todo una odisea por cuenta de los trámites tan engorrosos que tiene el Estado.

Pero podría a cambiar pronto, con un proyecto que ya culminó su paso el Congreso y al que sólo le resta la firma del presidente Iván Duque.

La norma obliga al Estado a depurar los trámites innecesarios que se han convertido en toda una tortura para los ciudadanos.

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«Hay una hiperregulación y una obesidad jurídica impresionante que lo que hace es que se genera dificultad para que los ciudadanos accedan a sus derechos con facilidad. Cuando se expiden muchas normas se genera una confusión y se ponen enredos para el ejercicio de los derechos de los ciudadanos», aseguró el representante Juan Fernando Reyes, autor de la iniciativa.

El proyecto propone una carpeta ciudadana, formularios únicos, una estampilla electrónica, ventanillas únicas, entre otras herramientas, para combatir la ‘tramititis’ en Colombia.

«Los colombianos no pueden seguir muriendo mientras esperan que les autoricen un examen médico, la cita con un especialista o la entrega de un medicamento. En este país se crean 1,6 normas por hora, la gente ya no sabe qué hacer con tantos trámites, el sistema parece empeñado en matar a los ciudadanos”, expresó Reyes Kuri.

Incluso algunas personas ya han pedido en redes sociales eliminar el requisito de la fotocopia de la cédula al 150 % cuando se trata de trámites con el Estado.

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Estos son algunos de los puntos claves de la ley

– El Departamento Administrativo de la Función Pública debe determinar los plazos y condiciones que tienen los sujetos obligados de esta ley, para automatizar los trámites existentes con el fin de hacerlos más rápidos, simples y eficientes.

– Para el año 2028, Colombia debe tener todos sus trámites en línea.

– Cada año se debe realizar una revisión de los trámites existentes y emitir un informe público señalando los trámites que deben ser eliminados.

– Se deben crear los formularios únicos para los trámites que sean susceptibles de compilación, unificación, agrupación o estandarización. Los formularios únicos se dividirán por sector económico, temas o tipo de trámite, y serán de obligatoria aplicación.

– Se debe establecer en qué sectores pueden compilarse, en un formulario único, una ventanilla única o un radicado único, los trámites que se realicen con el fin de obtener un mismo resultado.

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– En relación con la consulta de registros públicos, las entidades encargadas de llevar registros públicos deben habilitar la consulta de forma gratuita y en línea para todas las entidades de la Administración Pública Nacional y Territorial, así como para las entidades privadas que cumplan funciones públicas o funciones administrativas, o aquellas que presten servicios públicos.

– Las notarías deben consultar la información disponible en la Ventanilla Única de Registro o la que haga sus veces. La lectura de dicha información exime al ciudadano de aportar el certificado y/o documento físico.

– Las notarías no pueden trasladar a los particulares costos asociados a la consulta y uso de la Ventanilla Única de Registro

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