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No deductibilidad de regalías pasa a manos de la Corte Constitucional | Reforma tributaria | Economía

por Redacción BL
Corte Constitucional

Finalmente, la Corte Constitucional puso en su agenda el inicio de los debates en los que se definirá el futuro de la no deducibilidad de las regalías que impuso el gobierno del presidente Gustavo Petro, en la pasada reforma tributaria y desde ya diversos sectores analizan los impactos que podría tener cualquier decisión en este tema, sobra las finanzas del Estado.

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Para entender lo que está pasando en este alto tribunal y la importancia de esta decisión en el futuro del país, hay que recordar que todo parte del artículo 19 de la reforma tributaria aprobada el año pasado, el cual incluyó la prohibición de deducir las regalías del impuesto a la renta, bajo el argumento de que el Estado es el propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables y, por tanto, las regalías corresponden a recursos del Estado.

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Este cambio en el manejo y contabilidad de los impuestos ha generado mucho revuelo y ha puesto al Gobierno en serios líos fiscales, puesto que fue demandado y ya se encuentra en la última instancia en la que se definirá si se mantiene o no.

Según las cuentas del Ministerio de Hacienda, gracias a la no deducibilidad de las regalías se espera recaudar $3,38 billones en 2023, $2,79 billones en 2024; mientras que el recaudo proyectado para 2025 es de $2,2 billones y para el 2026 es de $1,97 billones; dejando claro que son recursos importantes para el Estado.

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FOTO: Corte Constitucional

No obstante, diversos analistas advierten que dicha norma es inconstitucional y carece de solidez técnica, uno de estos es Diego Fernando Franco, socio líder de la práctica de Impuestos y Servicios Legales de Deloitte Colombia, quien señala que para empezar, los criterios que usó el Minhacienda para sus cálculos son diferentes a los del mercado.

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Habría lugar a una expropiación de facto o de la iniciativa económica privada cuando la carga tributaria desincentiva la inversión en el sector por generar retornos más bajos de los esperados según los niveles de riesgo o cuando las utilidades son insuficientes según las tasas de retorno mínimas por sector y asociadas al patrimonio invertido, así cuando implica que debe destinar una parte significativa del trabajo o esfuerzo, solo a pagar los tributos”, dijo este experto.

Entre tanto, analistas de KPGM sostienen que la fuente legal para determinar la capacidad económica de una entidad es el Párrafo 5 contenido en la Norma Internacional de Contabilidad 12, correspondiente al Impuesto a las Ganancias del Anexo I del Decreto 2420 de 2015, que fue expedida en desarrollo de los mandatos de la Ley 1314.

Esta norma establece que la ganancia contable debe entenderse como la ganancia neta o la pérdida neta del período antes de deducir el gasto por el impuesto a las ganancias”, resaltaron en un informe.

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Cabe resaltar que, según el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, durante su intervención en la audiencia pública realizada por la Corte Constitucional para escuchar a todos los sectores involucrados en esta decisión, dijo que prohibir la deducibilidad de las regalías es inconstitucional y le quitaría al país la posibilidad de proteger y cobrar lo justo por sus recursos.

Es absolutamente claro que el Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables. Las regalías son además recursos del estado, y constituyen una contraprestación económica, de rango constitucional, a cargo de quienes toman un recurso natural no renovable”, aseguró Bonilla.

Para conocer los efectos de la decisión de la Corte sobre el tema de las regalías, Portafolio consultó a varios expertos en materia tributaria. Uno de ellos es el director del Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, Oliver Pardo, quien resaltó que uno de los más golpeados, en caso de que se caiga, será el Presupuesto General de la Nación.

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Para este académico, es necesario tener en cuenta que de los más de 502 billones de pesos proyectados del Presupuesto General de la Nación en gastos para el 2024, ya existen dudas sobre la viabilidad de conseguir 15 billones de pesos a través del arbitraje de los litigios que la Dian tiene con particulares.

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César Melgarejo / CEET

Si a eso se le suma que la Corte tumbe la no deducibilidad en las regalías, entonces se abriría un hueco adicional de 3 billones de pesos, o sea, un total de 18 billones de pesos de desfinanciamiento del Presupuesto General de la Nación para el 2024”, explicó Pardo.

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Entre tanto, para el exministro y experto en temas tributarios, Ángel Custodio Cabrera, el Gobierno debe ser consciente de que desde las cortes le pueden reversar ese cambio en el pago de regalías, puesto que hay falencias en su “aventura legal”.

“Eso puede impactar definitivamente en las finanzas entre $1 y $1,6 billones, dadas las circunstancias, porque son contribuyentes específicamente muy bien detectados”, dijo Cabrera, quien agregó que si se cae la no deducibilidad “hay que volver a replantear las inversiones, los gastos recurrentes, nuevos gastos y las proyecciones” del Presupuesto Nacional “o buscar nueva fuente de financiación”.

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Si bien las discusiones inician este miércoles, la Corte Constitucional tiene hasta el 21 de noviembre para tomar una decisión frente a la exequibilidad de este cambio tributario del Gobierno Nacional.

Gremios piden tumbar este cambio normativo

Durante la audiencia pública, realizada por la Corte Constitucional en el mes de julio, los gremios advirtieron que medidas como la no deducibilidad de las regalías terminará espantando la inversión y la generación de nuevos proyectos minero-energéticos en las regiones, lo cual se traducirá en una caída en la generación de empleo, desarrollo y en una baja competitividad para el país, de cara al futuro.

Según la Asociación Colombiana de Petróleos (ACP), no hay que olvidar que las regalías generan ingresos para quien lo fija y recibe, y generan costos para quien lo paga.

DANIEL HERNÁNDEZ NARANJO
Periodista de Portafolio

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