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Prevenciones en la propiedad horizontal durante la cuarentena – Sectores – Economía

por Redacción BL
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Prevenciones en la propiedad horizontal durante la cuarentena - Sectores - Economía



Varios administradores y consejos de administración continúan manifestando su preocupación por dificultades que han tenido al pretender aplicar normas y medidas a los propietarios y residentes de edificios, conjuntos y agrupaciones durante el tiempo de la cuarentena, aun cuando son para garantizar su seguridad y protección y una mejor convivencia.

Citan casos de ruidos, algunos producidos por el teletrabajo, pues a veces profesores y alumnos al gritar y saltar perturban la tranquilidad de los demás. En otros casos por causa de las mascotas y en otros por las riñas y desavenencias al interior de los apartamentos. 

De igual manera se presentan discordias cuando los administradores exigen cumplir con precauciones sobre el acceso de vehículos, obras en los bienes privados, o con relación a las basuras. Sienten que no tienen suficientes herramientas legales para lograr que los propietarios y residentes cumplan con las citadas medidas. 

Si bien en estas circunstancias es importante también aplicar la tolerancia, y recordar el principio de que ‘mi derecho termina donde comienza el derecho del otro’, es necesario que los administradores y consejos tengan en cuenta que sí disponen de apoyo legal para el cumplimiento de sus labores

Son estas normas, La Constitución, la Ley 675 de 2001, el Código Nacional de Policía y Convivencia que de manera tan amplia regula todos los citados aspectos y desde luego los reglamentos de propiedad horizontal y los manuales de convivencia. 

Las normas nacionales, las municipales y distritales expedidas en el marco de la emergencia, y a las cuales he hecho referencia con anterioridad, también son herramientas para que cada copropiedad colabore en la búsqueda del bienestar común.  

(También le puede interesar: Ojo: estas son las reglas para propiedad horizontal durante cuarentena). 

En los últimos días el Ministerio de Vivienda ha anunciado que próximamente el gobierno nacional expedirá un decreto transitorio, para regular los arrendamientos y contempla a la vez algunos aspectos de la propiedad horizontal que hacen relación al fondo de imprevistos y a las asambleas no presenciales o virtuales. 

Adicionalmente, se deberían contemplar otros relativos a la imposición de sanciones cuando no se observen las disposiciones y medidas de los órganos de administración, tendientes a proteger la seguridad, salubridad y convivencia de los residentes durante esta emergencia, incluyendo además los casos frecuentes que ocurren en las copropiedades y que pueden ser propicios para el contagio y la propagación del virus.

Medidas de prevención de incendios y/o terremotos

Se recomienda, por parte de los expertos en el tema de seguridad, que se ajusten los protocolos de emergencia y/o evacuación en caso de incendio o terremoto. Los administradores deben tener claro cómo actuar si suceden, para activar las brigadas del caso.

Basuras

Los administradores deben tomar las precauciones en los sitios de recolección de basuras, pero los residentes han de colaborar sacándolas en los horarios permitidos.

Parqueaderos 

Se debe obviar la entrega y recibo de tarjetas de ingreso a los parqueaderos. En este período se requiere tomar precaución de no ingresar vehículos de servicio público, ni visitantes. Los carros deben ingresar con las ventanas cerradas. 

Finalmente, se debe tener una coordinación de lo que sucede al interior con las normas que han sido dictadas con respecto al sector o en la ciudad o municipio respectivo. 

(Le puede interesar: ¿Viviendas con uso diferente al residencial necesitan permisos?)

NORA PABÓN GÓMEZ
ABOGADA, ASESORA EXTERNA



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