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Trabajo en casa: con subsidio digital y derecho a desconexión | Empleo | Economía

por Redacción BL
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Mujeres, ante un mayor riesgo laboral por la automatización | Economía

Por cuenta de las restricciones derivadas de la pandemia, el retorno a las oficinas no es un escenario cercano para muchas compañías. Por ello, la reglamentación del trabajo en casa, proyecto de Ley al que solo le falta la conciliación entre Senado y Cámara, ya tiene lista su hoja de ruta.

(Lea: Avanza en el Senado el proyecto de regulación del trabajo en casa)

Uno de los primeros puntos que define la iniciativa es que el trabajo en casa es diferente al teletrabajo (regulado en el país por medio de la Ley 1221 de 2008). Según la nueva normativa, el trabajo en casa habilita a los trabajadores “para desempeñar transitoriamente sus funciones o actividades laborales por fuera del sitio donde habitualmente las realiza, sin modificar la naturaleza del contrato o relación laboral”.

Además, establece que no se podrán desmejorar las condiciones del contrato laboral, “cuando se presenten circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que impidan que el trabajador pueda realizar sus funciones en su lugar de trabajo”, y que se privilegia el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

(Lea: Teletrabajadores, los nuevos actores del mundo laboral)

Por el contrario, el teletrabajo se entiende como “una forma de organización laboral, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo”.

PUNTOS CLAVES

El proyecto de Ley, que está a la espera de entrar a conciliación para ser sancionado finalmente, aclara también que es una medida “excepcional y temporal” para preservar el empleo en medio de la pandemia. En ese sentido, esta podrá aplicarse “hasta por tres meses o hasta el término pactado por las partes”.

En cuanto a los horarios de los trabajadores, la iniciativa establece que los trabajadores seguirán disfrutando de los mismos derechos y garantías que rigen su relación laboral, como la jornada laboral, horas extras, trabajo nocturno, dominicales y festivos.

Bajo esta lógica, según el Ministerio de Trabajo, la jornada máxima será de 8 horas diarias y 48 horas a la semana, y las horas extra no podrán superar las dos horas diarias ni las 12 horas semanales.

Además, se establece el derecho a la desconexión laboral, una garantía tanto para trabajadores como servidores públicos, y se dice que podrán “disfrutar de su tiempo de descanso, permisos, vacaciones, feriados, licencias con el fin de conciliar su vida personal, familiar y laboral”.

Además, la Ley regularía a al empleador, quien “se abstendrá de formular órdenes u otros requerimientos al trabajador por fuera de la jornada laboral”.

El auxilio de conectividad es otra de las claves de la nueva Ley de trabajo en casa. Mientras esté vigente la figura de trabajo en casa, el trabajador tendrá derecho a percibir los salarios y prestaciones sociales derivadas de su relación laboral.

El proyecto aclara que todos los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigente, y se les reconozca el auxilio de transporte, recibirán un auxilio de conectividad durante el tiempo que estén en trabajo en casa. Sin embargo, se aclara que no son acumulables.

Cabe recordar, por otro lado, que varias de esas disposiciones ya estaban siendo utilizadas por las empresas porque fueron incluidas con el decreto de emergencia sanitaria, que va hasta el próximo 31 de mayo.

Por eso es que apenas se acabe la emergencia, esperan que esta nueva modalidad quede en firme y deje claras las reglas del juego.

¿Quién lo vigila?

Para garantizar que las disposiciones del proyecto de ley se lleven a cabo, la iniciativa determina que el Ministerio de Trabajo ejercerá las funciones de inspección, vigilancia y control en el desarrollo de las actividades reguladas en la presente ley. “En cuanto a las relaciones de derecho individual del Trabajo entre la Administración Pública y los trabajadores del sector se rige por las normas especiales vigentes”, detallan en el proyecto.

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