Home BuenaventuraLocales Arrestarian a Victor Vidal por desacato a un derecho de petición

Arrestarian a Victor Vidal por desacato a un derecho de petición

por Redacción BL
Victor Vidal Alcalde de Buenaventura

El Distrito de Buenaventura a través de un convenio interadministrativo, le entregó hace mas de 6 años a la Empresa de Telecomunicaciones de Popayan Emtel S.A. E.S.P. mas de 480 millones de pesos para que administrara

A la fecha, ni la Alcaldía de Buenaventura a estado interesada en que Emtel S.A. E.S.P. le entregue el documento de rendiciones de cuentas.

En el documento se debe explicar en detalle el destino que le dio a sus propios recursos.

A la fecha, nadie sabe exactamente donde están los recursos ya que desde 2019, fecha en que de puso el derecho de petición y estaba al mando de la administración Maby Y. Viera, no se contesta la demanda del ciudadano.

Un Juez de la República acabo de sancionar con 3 días de arresto y el pago de una multa de 10 salarios mínimos legales diarios vigentes, al alcalde de Buenaventura, Dr. Victor Hugo Vidal, por no entregar este Documento de Rendición de Cuentas del convenio firmado con Emtel S.A. E.S.P..

El Concepto Jurídico 156111 de 2011 de la Contaduría General de la Nación (el cual es de obligatorio cumplimiento para todas las Entidades del Estado según la Sentencia C-487 de 1997 de la Corte Constitucional), establece que:

Los recursos para la realización de un convenio tienen el carácter de aportes.

Los aportes recibidos por la Entidad Ejecutante se reconocen mediante un crédito en la subcuenta 245301- En administración, de la cuenta 2453- RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN.

Al final de la ejecución de un convenio interadministrativo, la entidad ejecutante debe hacer la correspondiente rendición de cuentas.

El concepto de costo o gasto total lo reconoce el dueño de los aportes, con base en los soportes que sustenten los egresos (soportes que entrega la entidad ejecutante).

En los casos en que los recursos recibidos no sean ejecutados en su totalidad, se debe efectuar el correspondiente reintegro a sus dueños.

El Concepto 80112 – EE40091 de Julio 17 de 2009 de la Contraloría General de la República establece que: “…En estricto rigor jurídico…, en los convenios interadministrativos…las partes tienen intereses comunes para lograr el cumplimiento de una finalidad estatal impuesta por la Constitución ó la ley sin que por ello se reciba ningún pago ó ventaja económica…”.

Lo curioso de este fallo es que siendo la primera resolución, da indicado que es un fallo inapelable, lo que indicaría que el alcalde distrital podría pagar los tres días de cárcel.

En la realización de esta nota, no se conoce la posición de la Alcaldía Distrital y su oficina jurídica.

Con información de: Alexander Galvis

Ver Documentos de la Sanción Aqui:

Sancion Alcalde de Buenaventura

You may also like

Adblock Detected

Apóyenos desactivando la extensión AdBlocker de sus navegadores para nuestro sitio web.