En Colombia se ha vuelto costumbre que para cada nuevo problema, hay una ley. A tal punto que el país se ha visto ‘sepultado’ por decenas y decenas de nuevas leyes que ingresan al ordenamiento jurídico para ‘normatizar’ la vida cotidiana de los ciudadanos.
Si bien algunas de estas normas son beneficiosas para el país y otras no tienen ninguna trascendencia, también son varios los proyectos que resultan costándole caro al país.
Por lo menos así podría ocurrir con una billonaria demanda que tiene actualmente en su contra la Cámara de Representantes que, de llegar a perderla (aunque la posibilidad es remota) dejaría a la corporación en la quiebra para poder pagar las pretensiones de los demandantes: 2,5 billones de pesos colombianos.
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El pleito que tiene en contra la corporación, y en el que también están involucrados el Senado y el Ministerio de Minas, fue interpuesto por particulares y gente del gremio de los combustibles.
Alegan que se causó un “perjuicio” con la aprobación de un artículo de la Ley 1450 de 2011, en el que se le otorgaba la facultad al Minminas de fijar el precio de los combustibles basándose en el valor internacional del barril de petróleo.
El artículo estuvo vigente durante dos años, hasta finales del 2013, cuando la Corte Constitucional lo tumbó por considerar que había “ausencia total de parámetros de rango legal para establecer la tarifa”.
Tras el fallo llegó la demanda. Los demandantes tasaron los perjuicios en 2,5 billones de pesos, mientras que el presupuesto total que tiene la Cámara para este año es de cerca de 400 mil millones de pesos.
Los demandantes consideran que no solo se afectaron los gremios del combustible sino también los transportadores.
Los demandantes consideran que no solo se afectaron los gremios del combustible sino también los transportadores
Si bien la oficina jurídica de la Cámara calificó como “remota” la posibilidad de pérdida de esta demanda, preocupan los altos montos que puede terminar pagando el Estado por los errores cometidos en los proyectos de ley aprobados por el Congreso.
Por ejemplo, de las 51 demandas que tiene en contra la Cámara actualmente, muchas de las cuales obedecen a errores cometidos en proyectos de ley o declaratorias de nulidades en algunas elecciones, el 25 por ciento tiene un “alto” riesgo de pérdida.
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El total de las pretensiones de estas demandas que tienen alto riesgo perderse asciende a los 19.600 millones de pesos. Esto es casi la mitad de todo el presupuesto de inversión que tiene asignado la Cámara para este año, que es 45 mil millones de pesos.
A esto se suman otras 13 demandas que tienen riesgo “medio” de pérdida, que suman más de 48 mil millones de pesos en pretensiones.
Cabe aclarar que, a pesar del alto número de demandas en contra, la Cámara en los últimos años ha ido reduciendo la litigiosidad, en buena medida porque se han acogido estándares de buenas prácticas en la materia de la Agencia de Defensa de Jurídica del Estado.
Reformismo
Een el último año, entre julio de 2019 y junio de 2020, se aprobaron 69 nuevas normas en el Congreso, entre ellas cinco reformas constitucionales. Es decir, en promedio, cada cinco días se aprueba una nueva ley.
Este afán ‘reformista’ conduce a que, en ocasiones, se comentan errores que pueden llevar a que se caiga una norma. Por ejemplo, en el 2000, el Congreso aprobó una reforma para cambiar el nombre de la capital del país de Santa Fe de Bogotá a Bogotá D. C. Esto exigió que se tuviera que cambiar papelería oficial, placas de carros y las vallas de la Administración Distrital. Todo se hizo según la norma, excepto por un detalle particular.
Los congresistas modificaron el artículo 322 de la Constitución, que hace referencia a la capital del país, pero se les olvidó cambiar el artículo 324, en el que también se hace referencia al nombre de la ciudad.
Más preocupante resultó un error cometido el año pasado, cuando durante la aprobación de la ley que eliminaba más de 10.000 normas obsoletas que había en el ordenamiento jurídico, a los legisladores y al Gobierno se les fue en este paquete la Ley 600 del 2000, que contiene el código de procedimiento del antiguo sistema penal, con el cual la Corte Suprema lleva expedientes claves como el del magnicidio de Luis Carlos Galán. La ley fue objetada.
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