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Las restricciones que implica el aislamiento hasta el 15 de julio – Gobierno – Política

por Redacción BL
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El presidente Iván Duque anunció ayer que Colombia ampliará el aislamiento preventivo obligatorio hasta el miércoles 15 de julio.

En su programa ‘Prevención y Acción’, informó que “las condiciones actuales del aislamiento, donde estamos recuperando vida productiva y donde se está avanzando en la apertura de comercio, se van a mantener” hasta esa fecha.

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Es decir, que, por ejemplo, la libre circulación de personas y de vehículos por el territorio nacional será limitada y únicamente se podrán desplazar las personas que estén en las 43 excepciones vigentes.

Duque aseguró que la apertura del país se continuará haciendo de manera gradual y volvió a dejar en manos de las autoridades locales la autogestión para evitar la propagación de la pandemia en simultánea con una mayor liberalidad.

“Lo hacemos así teniendo en cuenta también que algunas ciudades que han tenido crecimiento de los casos de manera muy acelerada han tomado medidas para que esa gradualidad sea más lenta y con más precauciones”.

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En la emisión de este martes, Duque advirtió que, pese a que se mantienen las condiciones, el Gobierno no dejará de tomar “medidas drásticas” y señaló que continuarán los pilotos en municipios donde no hay casos de covid-19, de cara a reactivar algunos sectores como son los restaurantes y los sitios de culto religioso.

En este sentido, gobernadores y alcaldes, en el cumplimiento de sus competencias, podrán adoptar las medidas y órdenes que consideren necesarias, según lo requiera cada caso.

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Los alcaldes de municipios que no presenten casos de coronavirus, podrán solicitar al Ministerio del Interior el levantamiento de la medida de aislamiento preventivo obligatorio en su territorio, así como el inicio de planes piloto.

Eso sí, el Gobierno Nacional ha sido categórico que para reanudar cualquier actividad, deberán cumplirse con los protocolos de bioseguridad que establecieron el Ministerio de Salud y Protección Social.

Si, dado el caso, un municipio obtiene la autorización del Ministerio del Interior y luego presenta de contagio, inmediatamente deberá volver a las medidas de aislamiento preventivo obligatorio y solamente se podrán permitir las actividades esenciales.

Así mismo, continúa las estrictas medidas para las actividades que “en ningún caso” serán permitidas.

Entre estas, por mencionar varias de ellas, eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones que expidió el Misterio de Salud y Protección Social.

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Tampoco se permitirá, por ahora, que los establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento y de juegos de azar y apuestas, billares, casinos, bingos y terminales de juego de video, abran sus puertas.

Con relación a los establecimientos y locales gastronómicos, permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, por entrega a domicilio o por entrega para llevar, como ha venido ocurriendo en las últimas semanas.

Tampoco se reactivarán actividades en gimnasios, piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, canchas deportivas, polideportivos, parques de atracciones mecánicas ni parques infantiles.

Por ahora, no estarán permitidos los cines y teatros, prácticas deportivas y ejercicios grupales en parques públicos o en áreas de recreación.

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