En resumen
- El Consejo de Estado dejó en firme la elección de Wilson Díaz Sterling como contralor del Huila para el periodo 2026-2029.
- El alto tribunal confirmó la sentencia del 1 de julio de 2026 del Tribunal Administrativo del Huila, Sala Cuarta de Decisión.
- La demanda de nulidad electoral la interpuso Carlos Alberto López López contra la designación hecha por la Asamblea del Huila el 18 de noviembre de 2025.
- El Tribunal concluyó que los notarios no son servidores públicos y que la Ley 489 de 1998 no incluye a las notarías en la rama ejecutiva.
- Díaz Sterling se posesionó el 20 de diciembre de 2025 en la Notaría Quinta de Neiva, cuando el término de 15 días calendario vencía el 3 de diciembre.
El Consejo de Estado dejó en firme la elección de Wilson Díaz Sterling como contralor del Huila para el periodo 2026-2029, al confirmar la sentencia del 1 de julio de 2026 del Tribunal Administrativo del Huila y negar la demanda de nulidad electoral interpuesta por Carlos Alberto López López.
¿Quién pidió anular la elección del contralor del Huila?
Carlos Alberto López López presentó una demanda de nulidad electoral contra la designación que la Asamblea del Huila hizo el 18 de noviembre de 2025. El demandante alegó tres irregularidades: vicios de procedimiento en la convocatoria, presunta inhabilidad del elegido por ejercer como Notario Único de Aipe y toma de posesión fuera de los términos de ley. El pleito se tramitó en el Huila, departamento donde la salida de Rodrigo Lara del Ministerio del Interior también generó reacciones políticas.
¿Por qué el Tribunal concluyó que el notario no estaba inhabilitado?
El Tribunal Administrativo del Huila, Sala Cuarta de Decisión, sostuvo que los notarios no son servidores públicos, sino particulares que ejercen una función pública por descentralización por colaboración, y que la Ley 489 de 1998 no incluye a las notarías en la estructura de la rama ejecutiva. Por el carácter restrictivo de las inhabilidades, el cargo no prosperó. En la región, la justicia ha revisado otras decisiones de control fiscal, como la revocatoria de la sanción fiscal contra Hernando Ruiz en Neiva.
¿Qué pasó con la publicación del proyecto de convocatoria?
La demanda señaló que la Asamblea del Huila expidió la Resolución 142 de 2025 sin publicar con antelación el proyecto regulatorio, lo que a su juicio vulneró los principios de publicidad, transparencia y participación. El Tribunal respondió que el proceso se rigió por la Ley 1904 de 2018 y la Resolución 0728 de 2019, normas que no exigen publicación previa, y que la omisión formal no quebrantó el principio de mérito ni el interés general. Sobre la entrevista, indicó que es un criterio orientador que puede practicarse el mismo día de los comicios y que el reglamento de la Asamblea autoriza el voto secreto.
¿Qué dijo el Consejo de Estado sobre la posesión extemporánea?
El demandante sostuvo que Díaz Sterling se posesionó el 20 de diciembre de 2025 en la Notaría Quinta de Neiva, cuando el término perentorio de 15 días calendario vencía el 3 de diciembre. El Tribunal determinó que las irregularidades en la posesión no afectan la validez del acto de elección. También concluyó que no se probó el vínculo matrimonial alegado con Doris Lorena Camacho Noguera, gerente departamental colegiada de la Contraloría General de la República en el Huila desde 2023, y que la cercanía con el gobernador Rodrigo Villalba Mosquera no es causal de inelegibilidad.
¿Qué alegó la apelación y cómo respondió el alto tribunal?
Carlos Alberto López López impugnó el fallo y acusó a los magistrados de primera instancia de prejuzgamiento; además, sostuvo que entre la convocatoria y la votación no medió el término mínimo de tres meses fijado en el artículo 3 de la Resolución 0728 de 2019. Al resolver de fondo, el Consejo de Estado precisó que la restricción del inciso 10 del artículo 272 de la Constitución Política aplica únicamente a quien haya ocupado, en el año anterior, un cargo de la rama ejecutiva.
Preguntas frecuentes
¿Quién es el contralor del Huila para el periodo 2026-2029?
Wilson Díaz Sterling, cuya elección fue dejada en firme por el Consejo de Estado tras confirmar la sentencia del Tribunal Administrativo del Huila del 1 de julio de 2026.
¿Por qué demandaron la elección de Wilson Díaz Sterling?
Carlos Alberto López López pidió la nulidad por presuntos vicios en la convocatoria, inhabilidad del elegido por haber sido notario de Aipe y posesión fuera de los términos de ley. Ninguno de los cargos prosperó.
¿Cuándo se posesionó el contralor del Huila y por qué lo cuestionaron?
Se posesionó el 20 de diciembre de 2025 en la Notaría Quinta de Neiva, después de que venciera el 3 de diciembre el término de 15 días calendario. El Tribunal consideró que esa irregularidad no afecta la validez de la elección.
Con información de La Nacion.
Imagen de referencia, no corresponde a los hechos narrados. Architecture Column — The Building Envelope / Wikimedia Commons (CC0 1.0)