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Ajustes laborales y tributarios traería la nueva emergencia | Economía

por Redacción BL
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Bajar los salarios y subsidiar la nómina: crece debate en la crisis | Economía

La declaratoria de la segunda emergencia económica por la pandemia era algo que venían solicitando varios sectores del país para que el Gobierno pudiera seguir enfrentando la crisis con acciones y apoyos extraordinarios materializados a través de decretos con fuerza de ley, facultades que adquirió durante 30 días calendario que empezaron a contar desde este miércoles 6 de mayo.

(Lea: ¿Qué empresas pueden acceder a medidas para protección del empleo?)

Previo a entrar en otros detalles, vale decir que el Ejecutivo puede invocar el artículo 215 de la Constitución Política para declarar este tipo de estados de emergencia, sin embargo, debe hacerlo por periodos de hasta 30 días, sin superar los 90 días calendario en un año.

(Lea: Anuncian subsidios de hasta 40% de un salario mínimo)

El 17 de marzo, 11 días después de conocerse el primer caso de coronavirus en el país, bajo el decreto 417, estableció la primera emergencia en la que se sacaron “73 decretos legislativos con múltiples medidas tendientes a conjurar la crisis y evitar la extensión de sus efectos, en diferentes ámbitos de la vida nacional”, explica el Gobierno en la norma 637 mediante la cual declaró la segunda emergencia económica.

A pesar de dichas medidas, entre las que se creó el Fondo de Mitigación de Emergencias (Fome), se obtuvieron recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización (FAE), del Fonpet, de las inversiones forzosas del sistema financiero, entre otros, el Gobierno declaró la segunda emergencia para atender una siguiente etapa de la crisis, apoyando, por ejemplo, de una manera más activa a los sectores que están siendo más vulnerables por la prolongación de la cuarentena.

En línea con lo anterior, entre los renglones de la actividad económica nacional que se mencionan en el decreto 637, hacia los cuales estarían enfocados las medidas en esta nueva fase son el turismo (hotelería), mercado laboral (acciones para preservar el empleo), comercio, población vulnerable (transferencias), mipymes, transporte aéreo y marítimo, entre otros.

En concreto algunas de las medidas que se mencionan en la norma tienen que ver con la extensión y focalización de las transferencias económicas para la población vulnerable; condonación o alivio de obligaciones tributarias o financieras; adopción de medidas para proteger el empleo (cofinanciación y pago parcial de costos laborales de la empresas y flexibilización de jornadas laborales); medidas adicionales en materia tributaria; mecanismos para enajenar activos del Estado, entre otros.

Dado que se mencionan ajustes en temas de empleo, tributario y de enajenación de activos, por citar algunos, y que se podrían adoptar medidas más estructurales y permanentes en esta materia, Rodrigo Galarza, abogado experto en mercado de capitales, explicó que de ocurrir ello, eso es algo que dependería del Congreso, puesto que “la Constitución dispone que las medidas que se adopten en la emergencia económica pueden ser modificadas, reformadas o adoptadas como permanentes”.

Por su parte, Juan Carlos Guataquí, experto en temas laborales, comentó que “el Gobierno podría intentar acciones audaces de pre-reforma laboral (…) Lo “temporal” suele volverse permanente”.

Aunque en el decreto no se detallan qué medidas tributarias se podría adoptar, Óscar Iván Zuluaga, exministro de Hacienda, dijo que se podría “extender por más tiempo la contribución que se definió para los empleados del sector público y pensiones de alto valor. Puede ocurrir también la reasignación de algunas rentas que requieren desde el punto de vista legal autorización de una norma”.

Sobre el tema tributario, José Antonio Ocampo, exministro y profesor de Columbia, comentó que “hay que preparar una reforma tributaria para el otro año cuando haya pasado la crisis, pero en medio de esta situación no sé en qué medidas podría estar pensando el Gobierno. Ahora, que se necesitan recursos, sí, eso está claro”.

Respecto a si el decreto abre la posibilidad de comprar activos de empresas que pueden ser de interés para el Gobierno, Galarza explicó que no se debería entender que se esté habilitando al Estado para esto, porque eso ya se hizo en la primera emergencia mediante el Fome, sino que se permitiría que si el Ejecutivo las compra “tenga procedimientos de enajenación distintos de los previstos en la legislación ordinaria que es la Ley 226”.

En línea con lo anterior, dijo que “sería catastrófico que el Estado hiciera estas inversiones en el capital o terminara siendo accionista por la vía de préstamos que no son pagados y que al tiempo de vender tuviera que acomodarse al proceso engorroso y antitécnico de la Ley 226 porque se estaría sujeto a una serie de consideraciones que en lugar de contribuir al mejor interés de la nación podrían es perjudicarla”.

A pesar de lo ya descrito, vale mencionar que los expertos han coincidido en que es oportuno que el Gobierno haya declarado una segunda emergencia económica para seguir enfrentando los efectos de la crisis.

Para el exministro Ocampo, las medidas que se ha venido anunciando son positivas. Sobre el subsidio a un porcentaje de las nóminas, agregó que si no había apoyo de este tipo al empleo, “la situación se iba a poner extremadamente grave”.

Por último, Galarza dijo que era inexcusable que el Gobierno no declarara una segunda emergencia económica, mucho más, viendo que en el Congreso “no hay iniciativas que tengan el calibre que se requiere para atender la crisis”.

SUBSIDIOS A LA NÓMINA

Según Minhacienda, el subsidio del 40% de un salario mínimo de las empresas de cualquier tamaño, que hayan tenido una reducción en su facturación del 20% frente a abril del 2019, tendrá un costo de $2 billones mensual y su duración será de tres meses.

Las firmas deben tener bancarizadas sus nóminas y deberán tener certificación del contador o revisor fiscal que valide que hubo una caída en la facturación. Se calcula que se beneficiarán 6 millones de empleados.

El monto que se dará por trabajador es de $350.000 al mes. Vale decir que si bien el subsidio a las nóminas había sido solicitado por las empresas, expertos aseguran que se debió focalizar mejor la medida y apoyar más a las mipymes con dichos recursos.

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