Inicio Colombia La Corte Constitucional debate el fin de la eutanasia por vejez en mascotas: un giro histórico en la protección animal

La Corte Constitucional debate el fin de la eutanasia por vejez en mascotas: un giro histórico en la protección animal

por Luisa Navia

Una demanda de inconstitucionalidad busca eliminar la causal de “vejez extrema” de la Ley 84 de 1989, tras el caso de “Beto”, un perro sacrificado por su edad. Expertos advierten sobre las implicaciones penales para veterinarios que practiquen la eutanasia a animales sanos.

Bogotá, octubre de 2026. Colombia avanza en un debate jurídico y ético de gran trascendencia sobre los derechos de los animales de compañía. Una demanda de inconstitucionalidad presentada por el abogado Jhaslen Ramírez y la médica veterinaria Ledia Escobar logró eliminar la causal de “vejez extrema” contemplada en el artículo 17 de la Ley 84 de 1989, normativa que permitía la eutanasia de animales sanos bajo el único argumento de su edad avanzada.

El recurso, cuya ponencia está a cargo del magistrado Héctor Carvajal en la Corte Constitucional, sostiene que “la edad avanzada no constituye una justificación constitucionalmente suficiente para ponerle fin a la vida de un animal”.

El origen de la acción judicial se remonta a un caso ocurrido hace casi tres décadas en el municipio de Ebéjico, Antioquia. La profesora Ledia Escobar presenció en su juventud la historia de Beto, un perro pastor criollo que custodiaba una finca. Al envejecer y perder la capacidad de ladrar y alertar sobre intrusos, el dueño de la propiedad decidió llevarlo al veterinario solicitando poner fin a su vida.

La justificación expresada por el propietario fue categórica: “Eutanasia porque ya está muy viejo y no sirve para lo que lo tienen”.

Años más tarde, al compartir cátedra en un doctorado sobre legislación animal y bioética en la Universidad de Antioquia, la veterinaria le planteó el caso al abogado Jhaslen Ramírez cuestionando: “¿Cómo es posible que ese veterinario en ese entonces, si el animal estaba sano simplemente porque estaba viejo lo mataran? ¿Eso es legal?”. Tras evaluar el marco normativo colombiano, Ramírez identificó que la legislación de 1989 “prevía esa causal, sacrificar un animal única y exclusivamente… por vejez extrema”, lo que motivó la elaboración de la demanda junto a un equipo multidisciplinario de biólogos y juristas.

En el marco de la discusión pública, el abogado Ramírez expuso tres categorías fundamentales para comprender la muerte asistida: la eutanasia, la cacotanasia y la distanasia. Precisó que mientras la eutanasia implica el consentimiento libre del paciente (concepto aplicable a los seres humanos), en los animales se configura la cacotanasia, definida como “darle tal vez muerte al individuo sin que padezca dolores, pero sin su consentimiento”.

Por otra parte, definió la distanasia como “el encarnizamiento terapéutico”, situación en la que se prolonga artificial e innecesariamente el sufrimiento de un animal que ya no tiene posibilidades de recuperarse.

Ramírez enfatizó que para proceder al sacrificio legal de una mascota deben confluir dos requisitos estrictos: la evaluación de un médico veterinario certificado y el consentimiento del tutor o propietario, siempre que existan patologías o impedimentos funcionales graves.

Asimismo, advirtió sobre las implicaciones penales para los profesionales que apliquen la inyección letal a un ejemplar sano: “donde el veterinario se preste para eso, pasa a cometer el delito de muerte del animal”.

El proceso judicial pone en evidencia la transformación de las dinámicas sociales frente a los animales de compañía, los cuales han dejado de ser vistos como herramientas de trabajo para pasar a integrar el núcleo afectivo del hogar. Sobre este fenómeno, el jurista afirmó: “La sociedad ha cambiado y nos guste o no nos guste, muchas personas consideran a estos animales como sus animales de compañía, como sus familiares”.

Con este debate, la Corte Constitucional no solo define el alcance de la ley, sino que también marca un precedente sobre el reconocimiento de los animales como seres sintientes y sujetos de protección en el ordenamiento jurídico colombiano.

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