En el marco de la crisis provocada por el terremoto que golpeó al país, el Gobierno nacional puso en marcha un mecanismo sanitario excepcional con el fin de acelerar el ingreso de ayuda humanitaria procedente del exterior. A través del Decreto 1327, expedido el 26 de agosto de 2026, el Ministerio de Salud instauró un régimen especial, transitorio y basado en riesgo, que agiliza los procesos de autorización para productos de uso y consumo humano donados, sin sacrificar los controles epidemiológicos y de trazabilidad.
La medida, que estará vigente durante la emergencia, suspende temporalmente los trámites ordinarios establecidos en el Decreto 780 de 2016 y los sustituye por un procedimiento preferente y exclusivo, siempre que los insumos estén destinados de manera directa a atender las necesidades derivadas del desastre nacional declarado mediante el Decreto 1171 de 2026. De esta forma, se busca que los elementos esenciales para la respuesta, rehabilitación y recuperación lleguen con mayor celeridad a las comunidades afectadas, evitando que la burocracia retrase la atención sobre el terreno.
El nuevo esquema aplica a donantes y receptores, entidades públicas, organizaciones internacionales y de cooperación, organismos humanitarios, entidades sin ánimo de lucro, el INVIMA, las secretarías de salud y los prestadores de servicios de salud habilitados como destinatarios. Además, las disposiciones rigen sin importar si los productos ingresan por puertos, aeropuertos, pasos fronterizos o cualquier otro punto habilitado, siempre que se acredite su vínculo exclusivo con la emergencia.
Con esta decisión, el Ejecutivo busca equilibrar dos prioridades: rapidez en la entrega de ayudas y rigor en la protección sanitaria. El régimen especial mantiene mecanismos de vigilancia, control y seguimiento, pero reduce plazos y simplifica requisitos, garantizando que los insumos internacionales puedan fluir sin demoras hacia las zonas más golpeadas por el sismo, donde cada hora cuenta para salvar vidas y restablecer servicios básicos.